a) Ordenación y fomento de la producción ganadera.
b) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de frutas y hortalizas, plantas vivas, aceite de oliva y vitivinicultura.
c) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de cultivos herbáceos e industriales. d) Medios de producción ganaderos.
e) Medios de producción agrícolas.
Las solicitudes deberán dirigirse a la titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo que figura como anexo a esta orden. El plazo de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (08/05/2015).
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